La reforma que prolonga hasta 2028 la presencia de las fuerzas armadas en las calles en labores de seguridad pública en apoyo a la Guardia Nacional fue publicada en el Diario Oficial de la Federación, decreto que entrará vigor a partir de este sábado 19 de noviembre.
En el decreto se establece que el uso del Ejército y la Marina en las labores de seguridad pública deberá ser extraordinaria, temporal y acreditarse su absoluta necesidad por la autoridad civil.
Además, se establece que será regulada para que cumpla con estricto apego a lo que dicta la Constitución y también será fiscalizada.
“Las acciones que lleve a cabo la Fuerza Armada permanente, en ningún caso tendrán por objeto sustituir a las autoridades civiles de otros órdenes de gobierno en el cumplimiento de sus competencias o eximir a dichas autoridades de sus responsabilidades”, se indica en el DOF.
El presidente Andrés Manuel López Obrador deberá presentar al Congreso de la Unión un informe semestral que permita evaluar los resultados obtenidos en dicho periodo en materia de seguridad pública.
Para ello, se integrará una comisión bicameral del Congreso de la Unión en un plazo no mayor de 60 días desde la entrada en vigor del decreto. Ésta se reunirá cada que convoque su directiva, y podrá llamar a los titulares de las secretarías de Gobernación, Seguridad, Defensa Nacional y Marina para la emisión del dictamen semestral.
Los dictámenes semestrales sobre el desempeño y resultados obtenidos serán remitidos por la comisión bicameral a la Cámara de Diputados y al Senado para su discusión y aprobación y tras ello se remitirán al Ejecutivo federal, quien deberá informar la atención que brindó a las recomendaciones emitidas.
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