El Pleno del Senado de la República aprobó por unanimidad, con 76 votos a favor, una reforma al artículo 2 de la Constitución, para prohibir los matrimonios infantiles en comunidades indígenas. Esta modificación constitucional garantiza el derecho de los pueblos indígenas a la libre determinación y autonomía, siempre que se respete el interés superior de niñas, niños y adolescentes.
El proyecto de decreto aprobado destaca que, a pesar de que el matrimonio infantil está prohibido en la mayoría del mundo, persiste en algunas comunidades por diversas razones, como deficiencias administrativas, creencias religiosas y costumbres. Sin embargo, se enfatiza que estas prácticas son indebidas y no consentidas por los menores, representando una violación a sus derechos humanos y afectando gravemente su bienestar y dignidad.
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