Autoridades realizan inspecciones para cerciorarse de que se haya cumplido el pago de la prestación de fin de año.
Dicha prestación se encuentra establecida en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, donde establece que el pago debe de ser equivalente a por lo menos quince días de salario y cubierto en su totalidad antes del 20 de diciembre de cada año.
“El personal que no haya cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no, en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubiesen trabajado, cualquiera que fuera éste”, destacó.
